Debido a la crisis provocada por el COVID-19 y la declaración del estado de alarma, las dudas acerca de lo que se puede hacer y lo que no durante esta situación no dejan de surgir. Es normal, porque aunque es la segunda vez en la historia reciente en la que se decreta esta situación, en cuanto a restricciones nos encontramos en una situación inédita, impuestas para proteger la vida y la salud de los ciudadanos.
En este artículo trataremos de aclarar qué es lo que puedes o no hacer mientras dure el estado de alarma. Empecemos comentando en qué consiste esta declaración.
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¿Qué es el estado de alarma?
El estado de alarma se recoge en el artículo 116 de la Constitución, y es una declaración del gobierno en casos excepcionales como catástrofes, crisis sanitarias, paralización de servicios esenciales o la falta de productos de primera necesidad.
La declaración se puede hacer en todo el territorio nacional o solo en una parte, y dura 15 días como máximo. Si es necesario ampliar el plazo, se debe solicitar al congreso para que lo autorice. Esto es lo que a ocurrido, y habrá que estar pendientes de las novedades, ya que vamos a pasar más de dos semanas bajo las restricciones señaladas en el estado de alarma.
Lo que se permite durante esta situación en España
Pasemos ahora a lo que se puede hacer cuando se ha declarado en estado de alarma, y en qué condiciones es posible hacerlo.
- Se puede salir para hacer la compra de productos de primera necesidad como ir al supermercado, tiendas de alimentación y farmacias). En este caso se recomienda hacer una compra para varios días y así realizar la menor cantidad de desplazamientos posible.
- En caso de que tengas un perro, puedes sacarlo a pasear. Eso sí, solo una persona puede encargarse de ello, y no se admite que varios propietarios se reúnan para hablar o estén cerca el uno del otro. Deberás hacer un paseo breve, alrededor de tu casa o residencial, el tiempo que el animal necesita para hacer sus necesidades.
- En caso de que se atienda a familiares mayores, o con dependencia, se puede salir de casa. Y lo mismo sucede para ir al médico o a la farmacia.
- Operar con los bancos y cajas de ahorros: Puedes salir al cajero más cercano para sacar dinero. El resto de operaciones, como consultas sobre hipotecas y otras, hay que hacerlas online o por teléfono, ya que las oficinas bancarias permanecerán cerradas. Es aconsejable además hacer mediante tarjeta o móvil el pago de tu compra para así evitar el contacto.
- Para ir a trabajar, siempre y cuando se trate de una labor vinculada a las actividades consideradas esenciales, como las funciones relacionadas con el suministro de alimentos o la fabricación de material médico, así como las tareas de apoyo a este. Además, deberás llegar contigo una autorización de tu empresa u organismo que justifique el desplazamiento hasta el lugar donde realizas tu trabajo. En los casos es los que es posible hacer teletrabajo, esta modalidad es la que hay que llevar a cabo.
- Los desplazamientos en transporte público se autorizan para el trabajo o para regresar a la vivienda habitual en caso de encontrarnos en otro lugar cuando se haya hecho la declaración de estado de alarma en España.
Lo que no se puede hacer en el estado de alarma
Hay muchas cosas que no están permitidas durante esta situación, y que además conllevan multas y sanciones que van más allá de lo económico. Dependiendo de la infracción puedes incluso acabar en la cárcel.
- No está permitido salir con niños a la calle, ni ir a dar una vuelta o hacer visitas sociales, ni a locales de restauración. A excepción de las personas autorizadas con TEA (Trastorno del Espectro Autista). Éstas podrán salir acompañados, siempre y cuando se cumplan las medidas necesarias para no correr ningún riesgo ante el contagio, tanto a ellos mismos como otras personas.
- Renovar el DNI o el pasaporte tampoco está permitido. Ni sellar el paro en las oficinas, solo lo puedes hacer por Internet. Pero no solo no podrás hacer estos trámites, sino que todas las gestiones administrativas quedan suspendidas hasta que la actividad se retome una vez finalice el estado de alarma.
- Las compras de artículos no esenciales como ropa solo se permiten en tiendas online a través del comercio electrónico.
- Ir a trabajar en una labor considerada no esencial. Con la publicación del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo se ha creado la figura del permiso retribuido y recuperable, con el que los trabajadores que se tienen que quedar en casa porque sus trabajos no se consideran servicios esenciales, no perderán su salario y tendrán que recuperar las horas no trabajadas estos días una vez finalizado el estado de alarma.
La Administración del gobierno ha publicado en su página web cuáles son las medidas y definiciones del estado de alarma por la crisis del COVID-19, puedes ampliar información allí.
La responsabilidad de quedarnos en casa
Estamos viviendo una situación excepcional, y es muy importante que hagamos lo que podamos para combatir esta pandemia. No solo porque hay normas claras acerca de lo que se puede y lo que no se puede hacer, sino porque cada uno tiene la responsabilidad de combatir al virus. Y la mejor manera de conseguirlo es quedarse en casa y no salir si no hay una necesidad ineludible.
Conclusiones
Más allá del miedo a las sanciones o buscar excusas para salir a la calle, es importante ser responsables y cumplir con las condiciones del estado de alarma. Todos tenemos que poner de nuestra parte y luchar unidos contra el coronavirus. Solo así conseguiremos paliar la situación actual y volver a la normalidad lo antes posible.