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Las relaciones laborales son muy amplias y entre el trabajador por cuenta propia y el trabajador por cuenta ajena se podría establecer una intermedia: el socio trabajador. En las siguientes líneas te contamos cómo debe ser el trato del socio trabajador en una Sociedad Limitada (SL), respecto al cobro que recibe, el régimen en el que debe darse de alta, entre otros factores. ¡Te interesa!
Una Sociedad de Responsabilidad Limitada o Sociedad Limitada es una de las formas societarias más recurrentes en el ámbito mercantil. Como su nombre lo dice, este tipo de sociedad se caracteriza por tener limitado sus compromisos ante terceros, además, el capital se integra con las aportaciones económicas de los socios.
Respecto a la relación o trato laboral que debe tener el socio trabajador en una SL, se incluyen los siguientes elementos:
Los rendimientos o remuneración que pueda obtener cada socio de la S.L. depende de las actividades que ponga en práctica en la sociedad, o mejor dicho, en la empresa.
Existen algunos factores para determinar la forma de cobro de los socios:
Ahora que ya tienes en cuenta algunos factores, pongamos sobre la mesa algunos supuestos respecto a la relación laboral entre socios y el régimen de Seguridad Social al que pertenecen:
En el caso de que el socio aporte capital y tenga intervención en las acciones de la sociedad pero no desempeñe ninguna actividad, su remuneración será a partir de los dividendos de la empresa pero sin afiliarse a ninguna norma de Seguridad Social. Es importante mencionar que este tipo de socio recibe el nombre de socio capitalista.
Si el socio realiza funciones acorde con sus habilidades y conocimientos profesionales, tiene la opción de incorporarse a un régimen general si tiene más del 33% de participación, o podrá emitir facturas como figura de autónomo si posee menos del 33% de participación en la sociedad.
Si el socio activo realiza funciones correspondientes a la administración, el vínculo laboral dependerá de la participación que tenga en la sociedad.
Como en los supuestos anteriores, la forma de cobro depende del número de acciones que disponga. Para este apartado se incluye al socio que desempeñe funciones de la alta dirección de la empresa:
Como verás, dos factores determinantes en la relación laboral del socio trabajador en una Sociedad Limitada son las funciones que realice y el porcentaje de participación que tenga en la empresa. Esperamos que este artículo haya resuelto tus dudas al respecto.